¿Qué pasa con los lodos extraídos de un EDAR?

Fecha: 2019-07-15 09:00:58

Autor: Netjet

Las aguas residuales generadas a consecuencia de la actividad humana a nivel urbano e industrial, necesitan ser depurados antes de ser descargados en el medio ambiente, debido a su elevado potencial contaminante.

Por lo tanto, las aguas residuales generadas son recogidas a través de una red de colectores y conducidas a una estación depuradora de aguas residuales (EDAR). Ahí, tras ser sometidas a diferentes procesos, se reducirá al máximo su contaminación y serán devueltas al medio receptor en las mejores condiciones posibles para la sostenibilidad del medio.

Los lodos de depuradora son uno de los residuos más comunes que tenemos, producidos en gran cantidad y que, al mismo tiempo es de los menos conocidos.
En las EDAR existen distintos tipos de procesos de tratamiento de las aguas residuales.  Dichos procesos incluyen desde el tratamiento físico como la sedimentación, en la que se deja que los contaminantes se depositen en el fondo por gravedad, hasta complicados procesos químicos, biológicos o térmicos.
Los procesos biológicos que generan fango biológico son las fuentes más importante de generación de lodos, aunque en el contexto más amplio del concepto de “lodos”  dichos residuos se pueden generan en mayor o menor grado en todas las etapas de tratamiento de una EDAR de tratamiento biológico.
Todas estas aguas residuales, tras un tratamiento generan un fango o lodo con una humedad cercana al 70%-80%, que puede enviarse a varios destinos y que la cantidad producida en España se encuentra cerca de las 800.000 toneladas anuales.

Características generales de los lodos de EDAR

La composición de los fangos es variable y depende de la carga de contaminación del agua residual inicial, su procedencia (por ejemplo aguas urbanas vs. aguas industriales) y de las características técnicas de los tratamientos llevados a cabo en las aguas residuales.

Los tratamientos del agua concentran la contaminación presente en el agua, y por tanto, los lodos contienen amplia diversidad de materias suspendidas o disueltas.

Algunos de los elementos presentes en las aguas residuales pueden tener un valor para el sector agrícola, tales como la materia orgánica, nitrógeno (N), fósforo (P) y potasio (K) y en menor cantidad calcio (Ca), magnesio (Mg) y otros nutrientes esenciales para las plantas. Otros compuestos químicos, sin embargo, se consideran contaminantes como los metales pesados, entre ellos cadmio (Cd), cromo (Cr), cobre (Cu), mercurio (Hg), níquel (Ni), plomo (Pb) y zinc (Zn), los patógenos, y los contaminantes orgánicos.

En una planta depuradora también se generan, además de los lodos, otros residuos (arenas, grasas, objetos diversos separados en el pretratamiento y en el tratamiento primario) que deben ser eliminados adecuadamente a través de una empresa autorizada de Gestión de residuos de depuradoras.

Los lodos de depuradora son, por tanto, una mezcla de agua y sólido resultado de aplicar varios tratamientos a las aguas residuales. En este artículo, te explicaremos lo que debes saber sobre los lodos de EDAR. ¿Qué pasa con ellos?.

Prioridades en la gestión global de residuos

Hay que pensar en las EDAR como productores de lodos y como tales productores de residuos deben asegurar su correcta gestión, y pueden realizarla directamente o encargarla a gestores autorizados.

Las pautas para la correcta gestión de los lodos de las EDAR vienen descritas en lo que establece la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. La orientación de su gestión debe realizarse respetando los principios de la política de residuos relativos a la protección del medio ambiente y la salud humana y aplicando la jerarquía en las opciones de gestión, priorizando la prevención sobre el reciclado, otros tipos de valorización incluida la energética y quedando en último lugar el depósito en vertedero. En la actualidad las orientaciones sobre su gestión se recogen en el Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR).

Los lodos se deben gestionar correctamente de acuerdo a la legislación sobre residuos y respetando la siguiente jerarquía de residuos:
  1. Prevención;
  2. Preparación para la reutilización;
  3. Reciclado;
  4. Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética; y
  5. Eliminación
Las administraciones competentes, en el desarrollo de las políticas y de la legislación en materia de prevención y gestión de residuos, aplicarán para conseguir el mejor resultado ambiental global, esta jerarquía de residuos por orden de prioridad:

Destinos de los lodos de EDAR

Una vez tratados los lodos, hay varios destino posibles, dependiendo de la composición final que tengan pueden ser:
  • Aplicados en suelos agrícolas según lo establecido en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre.
  • Incinerados conforme al Real Decreto 653/2003, de 30 de Mayo.
  • Depositados en vertederos según el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre.

El uso de lodos en el sector agrario

El mayor destino de los lodos es su aplicación agrícola. Es el destino de aproximadamente el 80% de los lodos. Le sigue el depósito en vertedero con el 9% y la incineración con un 4%. El resto son varios destino menores.
Debido a que el mayor destino es el agrícola, se crea el Registro Nacional de Lodos, que debe incluir toda la información relativa a las instalaciones depuradoras y de tratamiento, los gestores y los campos utilizados.
La tipología y procedencia de los lodos, destinados a la aplicación agrícola, queda recogida en el Real Decreto 13/1990, que regula el uso de los lodos de depuración en el sector agrario.
En Cataluña, los lodos de depuradora tienen que cumplir con concentraciones de metales pesados por debajo de los niveles marcados por el Real Decreto 1310/1990, y ser lodos con tratamiento terciario: digestión anaeróbica, digestión aeróbica o secado térmico.
La empresa gestiona los lodos que cumplen la normativa, tanto por su tipología como por su procedencia, y que se destinan directamente al abono de campos agrícolas, sin tener que ser tratados previamente con un proceso de compostaje.

Legislación para el aprovechamiento de lodos en el sector agrícola

En materia de aprovechamiento de lodos procedentes de EDAR en agricultura, contamos con la siguiente legislación:
  • Directiva de Consejo 86/278/CEE, de 12 de octubre de 1986, relativa a la protección del medio ambiente y, en particular, de los suelos, en la utilización de lodos de depuradora en agricultura.
  • Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.
  • Orden Ministerial AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario.

Si necesitas más información sobre el vaciado y gestión de los lodos de tu EDAR, no dudes en contactar con nosotros.

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